La Directiva 2024/825 ha despertado, como era de esperar, bastante atención entre las empresas del sector vegan. En las últimas semanas, el Observatorio VEGANOK ha recibido una consulta recurrente de varias empresas colaboradoras: con la nueva normativa europea contra el greenwashing, ¿se pueden seguir utilizando los claims empleados hasta ahora?
La duda es totalmente razonable. La Directiva (UE) 2024/825, que deberá incorporarse al ordenamiento italiano antes del 27 de marzo de 2026 y será aplicable a partir del 27 de septiembre de 2026, cambia de forma significativa las reglas sobre comunicación ambiental. Y, como suele ocurrir, el debate mediático ha contribuido a generar cierta confusión.
Por eso merece la pena poner orden.
Qué regula realmente la nueva normativa

La Directiva 2024/825, conocida como Directiva Empowering Consumers, modifica el Código de Consumo italiano e introduce nuevas definiciones y nuevas prohibiciones. Su objetivo es muy concreto: las declaraciones ambientales engañosas, es decir, cualquier comunicación verbal, visual o simbólica con la que una empresa sugiera que tiene un impacto positivo, neutro o reducido sobre el medio ambiente.
La norma responde a una práctica cada vez más extendida. Durante años hemos visto envases llenos de flores, hojas verdes y frases como “ama el planeta”, aplicados a productos cuya sostenibilidad ambiental no se había medido ni demostrado en ningún momento. La nueva legislación viene a decir, sencillamente, que eso ya no es aceptable.
Fechas clave que conviene tener presentes

La Directiva ya ha entrado en vigor a nivel europeo. Italia deberá transponerla antes del 27 de marzo de 2026, y las nuevas disposiciones empezarán a aplicarse a partir del 27 de septiembre de 2026. Las empresas todavía disponen de unos meses para adaptar su comunicación, pero los plazos son ajustados y revisar páginas web, envases, materiales promocionales, catálogos y campañas requiere tiempo y planificación.
Las definiciones que realmente importan

Una de las novedades más relevantes es la introducción en el Código de Consumo de conceptos que antes no estaban definidos con claridad. El más importante es el de declaración ambiental: cualquier mensaje, incluso aunque sea solo gráfico o simbólico, que sugiera un impacto positivo, neutro o menor sobre el medio ambiente.
No hace falta que exista una afirmación explícita. Una etiqueta con florecitas, tonos verdes o referencias visuales a la naturaleza, si no va acompañada de datos concretos ni de elementos verificables, puede considerarse ya una declaración ambiental implícita.
La norma también distingue entre declaración ambiental específica y declaración ambiental genérica. La primera se refiere a un aspecto concreto y medible del proceso de producción. La segunda es vaga, no está contextualizada y no puede verificarse. Las declaraciones genéricas quedan prohibidas. Las específicas pueden utilizarse, pero solo si están respaldadas por datos reales y por una metodología claramente indicada.
Qué prácticas quedan prohibidas: ejemplos concretos

La Directiva enumera de forma expresa una serie de prácticas comerciales que se consideran engañosas en cualquier caso. Entre las más relevantes para el sector alimentario destacan las siguientes:
Usar claims como “sostenible”, “eco-friendly”, “respetuoso con el medio ambiente” o “de bajo impacto” sin datos específicos y verificables que los respalden.
Afirmar que un producto o una empresa es “climáticamente neutro”, “de impacto cero” o “positivo para el clima” basándose exclusivamente en la compra de créditos de carbono, sin una reducción real de las emisiones en la propia cadena de producción.
Mostrar logotipos o sellos de sostenibilidad ambiental que no se apoyen en sistemas de certificación con criterios públicos y verificación independiente.
Hacer promesas futuras de carácter ambiental, como “seremos carbon neutral en 2030”, sin un plan detallado de ejecución, con objetivos medibles, plazos definidos y controles periódicos por parte de terceros.
Atribuir al producto en su conjunto beneficios ambientales que, en realidad, solo corresponden a una parte limitada del proceso de producción.
Los tribunales ya se están moviendo en esa dirección
No estamos hablando solo de lo que ocurrirá en el futuro. En Italia, los tribunales ya han empezado a actuar frente a este tipo de mensajes. En julio de 2025, el Tribunal de Milán dictó una medida inhibitoria contra una empresa italiana al considerar que varios de sus claims constituían prácticas comerciales engañosas, al basarse en “afirmaciones no demostradas y no verificables”. Entre los mensajes censurados figuraban expresiones como “altos estándares de impacto ambiental”, “los más altos estándares de sostenibilidad” y “prendas de punto IMPACTO 0”.
La AGCM, la Autoridad Garante de la Competencia y del Mercado, lleva años actuando en materia de greenwashing, y con la transposición de la Directiva sus competencias de intervención se reforzarán aún más. Es decir, el riesgo no es hipotético. Ya existe, y va a ser cada vez más concreto.

Por qué la certificación VEGANOK es otra cosa, y por qué hoy ofrece una vía más segura para las empresas
Aquí está el punto esencial.
La certificación VEGANOK no es una declaración ambiental. No afirma que un producto reduzca emisiones de CO2. No sostiene que su producción tenga impacto climático cero. No promete un menor consumo de agua o energía. Lo que certifica VEGANOK es otra cosa: que un producto es vegan y que cumple el pliego de condiciones VEGANOK, accesible de forma pública y libre en veganok.com.
Eso implica que sus ingredientes no contienen componentes de origen animal, que no se han realizado ni encargado pruebas en animales y que el envase del producto no incluye mensajes éticamente incompatibles con un uso ético del mismo. Es una certificación ética, basada en el respeto a los animales y en una elección de consumo consciente.
Y aquí es precisamente donde la nueva normativa entra en juego de una manera menos obvia de lo que parece. La Directiva (UE) 2024/825 no se ocupa solo de las declaraciones ambientales. También menciona de forma explícita la información engañosa relativa a las “características sociales y éticas” de un producto, incluyendo expresamente el “bienestar animal”. La ley prohíbe el uso de sellos de sostenibilidad, ya sean ambientales o sociales, cuando han sido creados por las propias empresas sin un sistema sólido detrás.
Comunicar que un producto es vegan sigue siendo totalmente legítimo. Lo que se vuelve problemático es hacerlo de forma vaga o mediante etiquetas inventadas por la propia empresa. En cambio, la Directiva permite hacerlo con tranquilidad cuando se recurre a un sistema de certificación válido, transparente, accesible y basado en un estándar público elaborado con el respaldo de expertos. Por eso, hoy por hoy, VEGANOK representa una de las vías más seguras para comunicar correctamente.
Un ejemplo práctico ayuda a ver la diferencia con claridad.
“Este producto no contiene ingredientes de origen animal y cumple con los estándares del pliego VEGANOK.”
Esta es una declaración ética respaldada por una certificación. El logotipo VEGANOK comunica un compromiso concreto y verificable: sin ingredientes de origen animal y sin explotación animal. La normativa europea permite este tipo de comunicación porque no se trata de un claim ético genérico ni arbitrario, sino de un sello sustentado por un estándar estructurado que responde a los requisitos de transparencia exigidos por la ley.
“Elegir vegan es la opción más sostenible para el planeta. Nuestra producción tiene impacto cero.”
Esto, en cambio, es una declaración ambiental. Y entra de lleno en el ámbito de la Directiva. Para no convertirse en greenwashing, un mensaje como “impacto cero” tendrá que apoyarse en pruebas técnicas y datos medibles, y no podrá basarse únicamente en mecanismos de compensación de emisiones.
La diferencia no es menor. Es una diferencia de fondo. La Directiva persigue las etiquetas autoatribuídas y sin fundamento, pero no impide que una empresa comunique su identidad vegan si lo hace con herramientas adecuadas. Las empresas certificadas por VEGANOK pueden seguir poniendo en valor su posicionamiento ético con plena tranquilidad.

Un matiz importante: cuidado con cómo se comunica lo vegan
Hay, sin embargo, un terreno intermedio que conviene manejar con cuidado, precisamente en beneficio de las propias empresas.
El mercado vegan ha vinculado con frecuencia la elección vegan con la sostenibilidad ambiental, y no sin motivos, porque la evidencia científica sobre el menor impacto de las dietas vegetales es amplia y sólida. Pero convertir esa relación general en un claim concreto de empresa exige hoy mucha más precisión que antes.
Decir que “nuestro producto vegan tiene una huella de carbono un X% inferior a la media de su categoría” es una declaración ambiental que, a partir del 27 de septiembre de 2026, deberá apoyarse en datos medidos y en una metodología declarada y verificable. Decir, en cambio, que “producir vegan es mejor para el planeta”, sin aportar datos relativos a la realidad productiva específica de la empresa, puede considerarse una declaración ambiental genérica y pasar a ser una forma de comunicación de riesgo.
La regla práctica es sencilla: la certificación VEGANOK comunica quiénes sois desde el punto de vista ético y qué características éticas tiene el producto certificado. Las declaraciones ambientales sobre vuestra producción exigen datos propios, medidos y verificables.
Mantener esos dos planos bien diferenciados es hoy la opción más sólida y también la más prudente.
El valor de la certificación no disminuye. Al contrario, se refuerza.

Hay un último punto que merece destacarse, porque va justamente en sentido contrario al alarmismo.
En un contexto en el que la normativa endurece las reglas sobre la comunicación ambiental vaga y no documentada, los sellos basados en sistemas de certificación estructurados, con estándares públicos y verificación documental, ganan valor. Los consumidores, que ya hoy se encuentran entre los más atentos e informados del sector alimentario, aprenderán a distinguir cada vez mejor entre una etiqueta puramente decorativa o de marketing y una certificación real, respaldada por un estándar claro, como VEGANOK.
VEGANOK cuenta con más de veinticinco años de trayectoria, un pliego público, requisitos específicos por categoría de producto y una comunidad de referencia muy consciente de lo que ese sello representa. En un mercado que empieza a depurarse de la comunicación sin fundamento, todo eso se convierte en un activo de valor creciente y sitúa a cada producto certificado en una posición más sólida frente a la competencia.
Las empresas certificadas no tienen motivos para preocuparse por la nueva normativa. Más bien tienen una oportunidad adicional para explicar con claridad qué garantiza realmente su certificación y por qué eso importa.

Conocer las reglas es el primer paso. Ayudar a construirlas es el segundo. Únete a UNIVEGAN
Adaptarse a la nueva normativa es imprescindible. Pero las empresas del sector pueden hacer algo más: estar presentes allí donde esas normas se debaten y se diseñan.
Ese es el propósito de UNIVEGAN, la unión de empresarios que operan en el mercado vegan, fundada en 2011 y hoy de nuevo activa, con grupos de trabajo ya abiertos en Bruselas. En un momento en el que las reglas del mercado alimentario se están redefiniendo con rapidez, UNIVEGAN lleva al Parlamento Europeo las necesidades concretas de las empresas del sector, necesidades que a menudo quedan fuera de procesos legislativos dominados por lobbies mucho más estructurados.
Los frentes en los que UNIVEGAN ya está trabajando son numerosos y estratégicos para quienes operan en el mercado vegan. En el terreno fiscal, está la batalla por la revisión del IVA de la leche vegetal, que sigue gravada al 22%, el mismo tipo que se aplica a los bienes de lujo, frente al 4% de la leche de origen animal. Se trata de una desigualdad que penaliza de manera directa tanto las decisiones conscientes de los consumidores como la competitividad de las empresas. En el plano normativo, está la defensa de la nomenclatura de los productos vegan: el derecho a llamar “leche” a una bebida vegetal, “queso” a un fermentado elaborado con anacardos o “hamburguesa” a una preparación hecha con legumbres y cereales. En Italia, estas denominaciones siguen viéndose afectadas por restricciones anacrónicas, alejadas del enfoque europeo, y eso genera una desventaja competitiva concreta para las empresas italianas frente a sus equivalentes en otros países de la UE.
Para las empresas ya certificadas por VEGANOK, la adhesión a UNIVEGAN es completamente gratuita. Supone formar parte de una red con otros empresarios del sector, acceder antes que otros a información sobre la evolución regulatoria europea y contribuir activamente a construir un marco legislativo más justo para todo el mercado vegan italiano.
Cuando las reglas cambian deprisa, no basta con saber lo que dice la ley. También hay que estar presentes donde esa ley toma forma.
Únete en univegan.eu
El Observatorio VEGANOK sigue de cerca la evolución normativa y del mercado vegan en Italia y en Europa. Para más información sobre la certificación VEGANOK, visita veganok.com.